EDICIÓN JULIO 2006  
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XLVIIIº Plenario. 25º Aniversario.
Declaración de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social
 
La Constitución Nacional es el pacto por el cual, las provincias en su condición de estados soberanos, acordaron constituir la unión nacional, transfiriendo mediante ese texto una parte de poder político que les pertenecía, a favor del Estado Federal, ente que constituyeron en el mismo acto, reservándose otras tantas facultades.
Dentro de dichas facultades, se encuentra el Poder de Policía, atribución eminentemente local, para reglamentar entre otros, el ejercicio de las profesiones liberales en su territorio.
 
Que por delegación expresa del Poder Legislativo Provincial, el ejercicio del Poder de Policía recae en los propios profesionales tanto en lo relativo a la matrícula y control de la ética, como en lo referido a la Seguridad Social. Las leyes de creación de las Cajas de Profesionales son una continuación de la legislación sobre el ejercicio profesional.
 
El art. 125, 2° párrafo de la C.N., reafirma este principio de conservar las facultades ó atribuciones propias de las autonomías provinciales, incorporando a la ciudad autónoma de Buenos Aires.-
Por ello, las provincias y la ciudad autónoma de Buenos Aires, en legítimo ejercicio de sus facultades reservadas, pueden imponer de forma obligatoria y solidaria entre determinados sectores profesionales, la obligación de inscribirse y aportar a las Cajas de Previsión y Seguridad Social.-
El bienestar general justifica que la libertad de asociarse o no y de realizar aportes voluntarios, ceden ante restricciones fundadas en razones de seguridad social que impone vínculos de solidaridad entre quienes ejerzan una misma profesión.
 
Las Cajas de Profesionales, entes de derecho público no estatal, cumpliendo con la satisfacción del interés general, deben tener aseguradas sus fuentes de financiamiento y cualquier restricción que suprima ó disminuya sus recursos, violentará normas constitucionales.
 
A más de 50 años de la creación de muchas de ellas, la administración en manos de sus afiliados, las autoridades elegidas democrática y periódicamente, el cumplimiento de sus fines con recursos propios, la participación y control de los afiliados en los presupuestos, balances y planes de inversión, muestran claramente, la corrección y la eficiencia en la atención de la Seguridad Social de nuestro núcleo poblacional.
 
Hoy como ayer, hace 25 años, esta Coordinadora reafirma el compromiso de nuestras instituciones basadas en los principios inclaudicables de solidaridad con equidad con la Democracia, la República y el Federalismo.
 
Dr. Luis Alberto RUESJAS
Secretario General
 
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