EDICIÓN SEPTIEMBRE 2006  
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Aborto
¿Qué dice la ley?
 
Según lo que expresa el Artículo 86 del Código Penal, el que se aplica sobre los profesionales que hicieran abortos, en su inciso 2º "…el aborto practicado por un médico diplomado no es punible si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto".
Además tampoco es punible si el transcurso del embarazo pone en serio y cierto riesgo de vida a la madre por enfermedad de ésta.
 
¿Qué dicen las personas o entidades que propician el aborto? Que la mujer es dueña de su propio cuerpo y las leyes no pueden ni deben impedir lo que cada mujer decida respecto a la gestación que lleva con ella.
 
¿Qué dice la Iglesia como Institución? Ella señala a la vida como un bien a preservar desde el comienzo y recordando la filmación de un aborto en "El grito silencioso" dice que no hay diferencia entre destrozar el cráneo de una criatura ya gestada en el vientre materno o cometer el homicidio de un niño que camina por la calle.
 
Otro argumento que se esgrime, para los juristas es si los abortos son "constitucionales".
El Pacto de San José de Costa Rica, Convención Americana sobre los Derechos Humanos, que tiene la misma jerarquía que la Constitución, establece el derecho a la vida "a partir del momento de la concepción".
 
Los casos conocidos en los últimos tiempos en Mendoza y en Buenos Aires abrieron un debate que excede los tribunales y los ámbitos hospitalarios.
 
Muchos médicos están llenos de incertidumbre por temor a cometer alguna infracción a las leyes especialmente los que trabajan en hospitales públicos en relación de dependencia.
 
Con su sola opinión los médicos pueden valorar si el caso califica para ser una de las poquísimas interrupciones del embarazo no punibles. Pero arguyen que el Art. 86 no explica cómo se acredita la violación y normalmente se pide la denuncia y ahí empiezan los problemas, pues los tiempos judiciales no se compatibilizan con los tiempos de un embarazo.
 
Los médicos han recibido señales equivocadas de fallos judiciales de primera instancia que pusieron trabas que la ley pone y que luego fueron corregidas por tribunales de alzada pero el tiempo siguió corriendo haciendo que el embarazo siga su curso.
 
Según el Dr. Eugenio Zaffaroni de la Corte Suprema de la Nación no es necesario probar que una mujer fue violada pues toda relación sexual con una idiota o demente es una violación porque la víctima no puede consentir libremente.
 
Finalmente los dos abortos fueron efectuados. El de Mendoza en un hospital público y el de Buenos Aires, que ya no era un aborto sino una inducción de parto prematuro, pues el embarazo pasaba de las 20 semanas, se efectuó en una clínica privada aparentemente pagada por una organización que defiende el aborto.
 
La prevención de embarazos no deseados con la educación sexual a los niños desde temprana edad y los programas de procreación responsable y planificación familiar son importantes a mediano plazo para ayudar a solucionar el problema.
 
Por todo esto es necesario, imprescindible y urgente abrir un debate amplio en todo el país respecto al tema del aborto, con participación de todos los sectores para reinterpretar el sistema legal y reformar y actualizar las leyes en consecuencia con la marcha actual de la sociedad en la que nos toca vivir y en esto los médicos tenemos mucho que decir.
 
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