EDICIÓN SEPTIEMBRE 2008  
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El superintendente de Salud dijo que evitará los juicios y limitará los aumentos
El Gobierno confirmó que apura una ley para regular a las prepagas
 

El superintendente de Servicios de Salud, Héctor Cappacciolli, confirmó ayer que el Gobierno impulsará en el Congreso el proyecto que regula la medicina privada. Y aclaró que esa regulación es necesaria para controlar los valores de las cuotas, pero también porque "las empresas están necesitando ese marco legal ya que, a través de amparos y sentencias, la Justicia viene fallando a favor de los usuarios con prestaciones que están por encima de las coberturas de las empresas".

Así, agregó Capacciolli, "este desborde en la judicialización del sistema fue generando los consensos con los empresarios para avanzar en la regulación de la medicina privada. De ahí que impulsamos como base el proyecto que tuvo dictamen de la Comisión de Salud de Diputados y esperamos avanzar a un sistema integrado de salud".

Pero el proyecto no pone fin a la litigiosidad porque, por ejemplo, si una prepaga no cumple se fija una multa pero no se la obliga a brindar el servicio. De modo que el usuario afectado igual acudirá a Tribunales.
"Estos son los consensos que hay, pero en el debate parlamentario podrían darse otros avances. Por ejemplo, nos parece que la Superintendencia debería actuar como mediador obligatorio previo a la instancia judicial. Eso no prosperó hasta ahora en el Congreso porque a los legisladores les parece abusivo. De todos modos, que haya un organismo de control de las prestaciones que brindan ya es un avance significativo en beneficio del usuario. Sin ley es muy difícil controlar los valores de las cuotas", respondió Capacciolli.

Por su parte, el ex gerente general de la Superintendencia Néstor Vázquez opinó que es positivo regular empresas de enorme trascendencia social que hoy funcionan sólo como entidades comerciales y porque le da a la Superintendencia de Servicios de Salud el poder de controlar las cuotas. Pero insistió en que no soluciona los problemas de fondo, como la litigiosidad, da un distinto tratamiento impositivo y de capitales mínimos entre las mismas prepagas -si son sociedades comerciales, obras sociales, cooperativas o mutuales - y no aclara en el caso de los planes parciales quién se hace cargo de las patologías excluidas del plan. Marcó también otros puntos:

El proyecto obliga a las empresas a brindar como mínimo el PMO, que no tiene carencias y preexistencias y autoriza a la Superintendencia a fijar esos condicionantes.

No dice cómo calculará la Superintendencia el costo de los planes cuando la base para eso que es el PMO hoy no tiene valuación.

Fija que las prepagas deben dar atención preventiva que es de mediano y largo plazo en planes que pueden ser de apenas un año.

No pone fin a la litigiosidad porque no fija las obligaciones entre las partes. Tampoco avanza en lo relativo a la mala praxis ni a las normas de categorización y acreditación de los profesionales y de las entidades médicas.

No aclara las responsabilidades en los casos en que el afiliado está en una prepaga a través de una obra social por el pago del aporte obligatorio.

Las disposiciones

Los principales puntos contemplados en la iniciativa son los siguientes:

Prestaciones: se ratifica que, como mínimo, las entidades deben cubrir en todos sus planes el Programa Médico Obligatorio (PMO) y sólo se habilitan planes parciales para odontología, emergencias e internación domiciliaria. En realidad, ya existe una ley que dispone esa exigencia. Pablo Giordano, presidente de la Asociación de Entidades de Medicina Privada (Ademp), sostuvo que debería abrirse la posibilidad de ofrecer coberturas parciales según la necesidad de los afiliados, lo que ampliaría el acceso al sistema.

Cuotas: se prevé que los aumentos sean aprobados por la comisión permanente que crea la ley, integrada por la Superintendencia de Servicios de Salud y el Ministerio de Economía. Según comentó Vaca Narvaja, el objetivo es que ante esa comisión las empresas documenten la suba de costos con la que intentan justificar cada aumento de precios. Hugo Magonza, vicepresidente de Ademp y secretario de la Asociación Civil de Actividades Médicas Integradas (Acami), cuestionó la idea de posibles impedimentos al aumento de cuotas, mientras que, por diferentes vías, se encarece la prestación del servicio, por ejemplo, por leyes que suman cada vez más coberturas.

Edad: se prohíbe que sea la causa de rechazo de una afiliación y se instruye a la superintendencia a reglamentar el alza de cuotas por razones de edad; las personas que lleven más de 10 años en el sistema no podrán sufrir ajustes justificados en su edad.

Carencias: los períodos durante los cuales no se darán determinadas prestaciones al inicio de un contrato serán establecidos para todo el sistema por la autoridad de aplicación.

• Preexistencias: por las enfermedades que un paciente ya tiene al afiliarse, los contratos podrán prever un plus a la cuota para la atención de esa afección o bien un período de carencia para su tratamiento.

Control prestacional: lo ejercerá la Superintendencia de Salud.

Solvencia: habrá un capital mínimo para las empresas, que además deberán constituir una reserva técnica.

"Apoyamos la idea de regular, pero la regulación no es garantía de nada si no está bien hecha", consideró Claudio Belocopitt, vicepresidente de la Cámara de Instituciones Médico Asistenciales (Cimara), que sostuvo que hay que cuidar la viabilidad de las empresas. Según el empresario, desde la superintendencia se les dijo que existe vocación de diálogo para buscar consensos. Pero desde el Congreso dijeron que no está previsto convocar a las entidades para escucharlas.

 
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