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  EDICIÓN DICIEMBRE 2011  
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Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires
La Asamblea de la Caja resolvió aumentar las jubilaciones y pensiones

 
El sábado 29 de octubre la Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires realizó en su casa central la Asamblea General Ordinaria. Se aprobó por unanimidad incrementar el Valor del Galeno Previsional a $ 17,50 y modificar la Escala de Aportes en un 5 %. De esta manera, la jubilación aumentará a $ 4.604,17 de promedio.

La Asamblea contó con la presencia de todos los directivos de la Caja que estuvieron a disposición de los asambleístas para evacuar dudas. En este sentido, el Dr. Tomás Campenni, presidente de la institución, se refirió a las inversiones de la entidad y sostuvo que se le dará continuidad a la metodología que se viene llevando adelante “invirtiendo en diferentes rubros, sin arriesgar demasiado en un solo ítem. En 2011 no se hicieron grandes inversiones porque estamos evaluando el seguimiento de la economía”, sostuvo Campenni. Y agregó: “tenemos una forma de pensar en que la seguridad está en los bienes y cuando pensemos en aumentar las inversiones, lo van a saber”.

De izq. a der. Dres. Julio Cala, Tomás Campenni
y Edgardo Enriquez, del directorio de la Caja.
 
A lo largo de la Asamblea se aprobó por unanimidad la Memoria y Balance correspondiente al ejercicio 1º de julio de 2010 al 30 de junio de 2011. En tanto, el Presupuesto de Gastos, Prestaciones y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio 1º de julio de 2011 al 30 de junio de 2012 fue aprobado por mayoría de 130 votos a favor, 28 en disidencia y 2 abstenciones. Fueron aprobados en forma unánime también la Memoria y Balance del Departamento Seguros al 30 de junio de 2011 y el Presupuesto del Departamento Seguros correspondiente al período 1º de julio de 2011 al 30 de junio de 2012.
 

Al momento de fijar la Unidad Galeno Previsional y ratificar o modificar la Escala de Aportes (Art. 38º), la Asamblea dispuso por unanimidad incrementar el Valor del Galeno Previsional a $ 17,50 (pesos diecisiete con cincuenta centavos) y modificar la Escala de Aportes en un 5 %. Asimismo, aumentar la jubilación a $ 4.604,17 de promedio, por todo concepto, a partir del 1º de noviembre de 2011.

Finalmente, en cuanto a los ajustes, recargos e intereses en deuda de aportes. (Art. 3º y 35º de la Ley 12.207), se dispuso establecer la financiación de deudas (Entidades, Clínicas, Sanatorios y Prestadores de Servicios Médicos -Art. 3º de la Ley 12.207-), de la siguiente manera:

- Recargo por atraso 24 % anual.
- Interés por financiación 19 % anual.

Fijar escalas con porcentajes de reducción de los Recargos por atraso para los casos que adhieran a un plan de pagos para cancelar la deuda total, de Capital y/o de Intereses:

- 1 pago quita del 35 % sobre Recargos por atraso = Intereses.
- 3 pagos quita del 20 % sobre Recargos por atraso = Intereses.
- 6 pagos quita de 10 % sobre recargos por atraso = Intereses.
- Más de 7 pagos, no se realicen quitas sobre recargos y se aplique, sobre la dueda total (capital y/o recargos por atraso/intereses), un interés de financiación del 19 % anual.

Con respecto a los ajustes, recargos e intereses en deudas de aportes (Art. 35º Inc. h) de la Ley 12.207), queda establecido como se indica a continuación:

- Recargo por atraso: 12 % anual.
- Planes Inc. h): Interés: por financiación: Más de 36 cuotas: 19 % anual.
- De 25 a 36 cuotas: 17 % anual.
- De 19 a 24 cuotas: 16 % anual.
- De 13 a 18 cuotas: 14 % anual.
- De 7 a 12 cuotas: 13 % anual.
Todo ello a aplicar a partir del 1º de diciembre de 2011.
 
 
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