Recurrentemente en los últimos años
se plantearon modificaciones o cambios en
las leyes que regulan el trabajo del personal
de la administración pública
centralizada y descentralizada en la provincia
de Buenos Aires.
Esta ley incluía al personal comprendido
en el régimen general y en regímenes
especiales con algunas excepciones como por
ejemplo la del personal docente, el personal
de policía y penitenciaría,
los ministros y secretarios de Estado, etc.
La Ley 10.471 de profesionales hospitalarios
sería una de las pasibles de modificación
junto con la 10.430 de los agentes de la administración
pública y la 11.757 del personal que
trabaja en las Municipalidades.
En lo que concierne a la ley de los profesionales
médicos, nadie se opone a su actualización
y modernización a pesar de que nunca
se la puso en práctica en su totalidad,
fundamentalmente en los temas de ingresos
en llamados a concurso de pases y funciones.
Las entidades médicas tenemos que tener
participación en las discusiones en
los lugares en que se produzcan los debates,
como por ejemplo en la Comisión Permanente
de Carrera Hospitalaria, que es, por ley,
el ámbito donde se debe asesorar al
Ministerio sobre la interpretación
y aplicación de la ley.
Este debate y discusión se debe hacer
en forma transparente donde todos los involucrados
puedan fijar su posición y expresar
sus disensos y consensos con absoluta libertad.
Es muy importante la modificación de
nuestra ley para hacerla a las apuradas y
más en un momento de transición
política e institucional como el que
estamos viviendo.
Nuestra entidad como siempre, se pone a disposición
de las autoridades y de las entidades afines
en el sector salud para colaborar en todo
lo que se necesite en pos de mejorar las condiciones
del trabajo médico y en consecuencia
la salud de la población. |